Debe realizarse la Evaluación de Riesgos y Planificación de la Activiadd Preventiva, según lo establecido en el artículo 16 de la LPRL, cuyos contenidos y demás aspectos necesarios para su elaboración se establecen, respectivamente, en la Sección 1ª y en la Sección 2ª del Capítulo II del RSP.

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