Sufrir un fallo cardiaco fuera de la jornada laboral y en un lugar distinto de la oficina no impide que sea calificado como accidente de trabajo. Así lo establece el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Galicia en una resolución (cuyo texto puede consultar aquí) en la que confirma el carácter profesional del infarto agudo de miocardio padecido en por un trabajador en sábado, mientras regresaba a su domicilio una vez cumplida la semana laboral.

LEER MAS: Cinco Dias